En esta Voz se describe y analiza la influencia creciente de la noción de Autonomía en la Ética filosófica, a partir de sus orígenes en la filosofía moderna, y en especial en las ideas de Immanuel Kant y de algunos de sus seguidores contemporáneos. Luego se realiza un balance crítico de las propuestas éticas que colocan a la noción de autonomía en el centro de la especulación en filosofía práctica y se proponen los puntos de partida para la reformulación de una teoría moral no-reduccionista y justificada a partir de las estructuras constitutivas del ser humano.
''1. ==Introducción: el concepto y sus diversas formas analógicas''==
El tema de la “autonomía ética” es uno de los más frecuentados en la filosofía práctica contemporánea y al mismo tiempo unos de los más discutidos en el ámbito de la ética general, en especial a partir de que Emmanuel Kant lo convirtió en el núcleo conceptual del pensamiento filosófico-moral (Véase: Christman 2020, 1). Por estas razones, en lo que sigue se examinará el concepto de “autonomía” y sus diferentes tipos o categorías, para pasar luego a analizar su desarrollo en el ámbito de la ética, así como su valor explicativo, limitaciones y dificultades.
En lo que sigue, se analizará el origen de esta noción central de autonomía ética o moral (en este texto se tomarán estas últimas palabras como sinónimas, con la conciencia de que varios autores les atribuyen una significación diversa a cada una de ellas), para pasar luego a su empleo actual en el pensamiento práctico-moral y desarrollar a continuación las principales cuestiones o aporías que este uso plantea a la filosofía práctica. Finalmente, se enumerarán algunas vías de superación de las dificultades analizadas, aunque siempre en el plano del pensamiento filosófico y de la teoría o ciencia ética.
''2. ==Sobre la génesis del concepto de autonomía moral''==
La comprensión del concepto de autonomía ética se facilitará enormemente si se hacen, aunque sea de modo sumario, algunas referencias a sus orígenes intelectuales; en este sentido, la gran mayoría de los autores reconocen que la noción de autonomía, entendida como aquella capacidad constitutiva del sujeto de darse a sí mismo sus propias reglas morales, con independencia de cualquier remisión a alguna realidad distinta al sujeto mismo, tiene su origen raigal recién en el pensamiento moderno. “El concepto de autonomía - escribe Gerard Vilar - como facultad y rasgo distintivo de los individuos humanos, es probablemente el concepto central de la Ilustración europea. Este se entendió como significando a un sujeto que se libera de la tutela de la autoridad de los poderes tradicionales y se atreve a pensar, a legislar, a gozar y a crear por sí mismo, libremente…” (Vilar 1996, 51).
De este modo, es decir, desdoblando el sujeto humano, es como intenta Kant mantener, al mismo tiempo, la autonomía o autolegislación de la voluntad y la objetividad o trascendencia que requiere la existencia del deber moral. En efecto, si el filósofo prusiano no hubiera efectuado esta distinción y el sujeto de la autonomía fuera simplemente el sujeto empírico, movido por las pasiones e inclinado a la satisfacción de sus intereses particulares, la autolegislación se diluiría en el mero capricho o la arbitrariedad y desaparecería el concepto mismo de deber moral; en otras palabras, un sujeto empírico que se impusiera como regla de su conducta lo que mejor le viniera en gana y pudiera al mismo tiempo modificarla a su antojo, no estaría propiamente sujeto a ley moral alguna y desaparecería la realidad misma del deber moral (Véase: Benn 1998, 108 ss.). De aquí proviene entonces la necesidad de recurrir a la noción de un supuesto sujeto racional, en un intento de otorgar a la ley moral la universalidad, la objetividad y la inexcepcionalidad de las que no puede carecer sin disolverse a sí misma en cuanto fundamento o justificación racional del deber u obligación.
''3. ==La posteridad de Kant y la metamorfosis del concepto de autonomía''==
A través de la ingeniosa construcción que se ha descrito sucintamente, Kant había logrado preservar, en el contexto de su teoría, tanto la autonomía constitutiva de la normatividad ética cuanto el carácter objetivo e incondicional - al menos para el sujeto racional - de los deberes morales. Ahora bien, gran parte de la filosofía moral posterior a Kant conservó de este modelo la noción de autonomía como autolegislación del sujeto de los deberes morales, pero imbuida cada vez más esa filosofía del positivismo y el utilitarismo dominantes en los países anglosajones (y también en Francia), principalmente durante la segunda mitad del siglo XIX y la primera mitad del XX (Véase: Canto-Sperber 1994, 41 ss.), se fue abandonando paulatinamente la noción de un sujeto racional dotado de una voluntad pura práctica y distinto del sujeto concreto o empírico. En su lugar, la ética contemporánea se concentró en el que Giuseppe Abbà denomina sujeto utilitario o sujeto liberal, que se corresponde casi exactamente con el sujeto empírico kantiano, y al que se le atribuyó la autonomía moral de la que lo había privado el filósofo de Prusia.
Pero más allá de la extremosidad de sus afirmaciones, pareciera que las tesis de Wolff no dejan de resultar coherentes, toda vez que si se considera a la autonomía humana como absoluta, no existirá una autoridad estatal, ni de cualquier otro sujeto externo, que otorgue un derecho a ser obedecido por los ciudadanos. Y como consecuencia de ello, no quedará otra alternativa que proponer un sistema anárquico, en el que cada ciudadano haga uso ilimitado de su autonomía y no pueda ser constreñido por nadie. Por supuesto que esto significará la desaparición de cualquier tipo de realidad política y en todas sus dimensiones posibles (Véase: Rivas 2019, 107). Algo similar podría decirse de las realidades jurídicas, pero esa cuestión se dejará para más adelante.
''4. ==Las aporías del principio de autonomía: (I) la cuestión semántica''==
Ahora bien, a pesar de su enorme difusión y de la general aceptación de la que es objeto, la noción de “autonomía moral” y su consecuencia, el “principio moral de autonomía”, plantea varios y rigurosos problemas de consistencia y justificación racional, en todos los ámbitos en los que ha tenido aplicación sistemática: el de la ética general, el de la bioética, el de la filosofía política y del derecho, etc. El primero de estos problemas se plantea a partir de un dato que es puesto en evidencia por el análisis semántico de la noción y del término “autonomía”: este dato especialmente relevante es que ese nombre es polisémico, es decir, que significa varios conceptos distintos y designa varias realidades diversas entre sí. Pero lo que plantea el verdadero problema es que a esta polisemia se le agrega un uso indiscriminado de las diferentes acepciones del término “autonomía”, en el que se lo utiliza muchas veces como sinónimo - cuando no lo es - refiriéndolo idénticamente a significaciones que son claramente diversas y hasta contradictorias (acerca de la importancia central del análisis semántico en la ética, véase: Rodríguez Duplá 2001, 79 ss.).
Más aún, resulta completamente ilegítimo, desde el punto de vista lógico, “pasar” indiscriminadamente de una de estas nociones a otra como si se tratara de la misma significación de los términos y, de este modo, inferir ilegítimamente desde la incuestionada e incuestionable realidad de la “autonomía personal”, en el sentido que se numeró como (i), la realidad o el valor de la “autonomía de emancipación” o “de autolegislación” en el sentido (iii), cuya validez resulta altamente cuestionable y de hecho ha sido cuestionada numerosas veces. Dicho de otro modo, se está frente al argumento según el cual, como el hombre es libre con libertad de albedrío, tiene inexorablemente el derecho a dictarse sus propias normas morales, argumento que no resulta concluyente desde ninguna perspectiva lógicamente válida. Se incurre en este caso, ni más ni menos, en el llamado por Aristóteles “sofisma de homonimia”, por el cual se utiliza en el razonamiento un mismo término pero con significaciones distintas, con la única finalidad de pretender que se concluye legítimamente, cuando en realidad se está frente a una inferencia ilegítima y falaciosa (Vease: Aristóteles, ''Refutaciones sofísticas'', 177 a 9, ss.). Esta ilegitimidad se produce porque en el razonamiento cuestionado el término medio (autonomía) está tomado en dos sentidos diferentes, con lo cual el razonamiento no tendría tres términos sino cuatro, y por lo tanto no es posible que concluya lógicamente (Ziembinski 1976, 223 ss.).
''5. ==Las aporías del principio de autonomía: (II) La fenomenología del deber moral''==
Una vez aclarada brevemente la cuestión semántica, es decir, la de los significados del término “autonomía”, tal como ellos son utilizados en muchos de los ensayos de filosofía práctica contemporánea, corresponde pasar al estudio de la adecuación o no-adecuación de ese término y del principio que lo recoge, a los datos de la experiencia humana en materia moral (Privitera 1985, ''passim''), en especial en lo que se refiere a una experiencia ética central: la del deber moral. Efectivamente, en este punto cualquier análisis fenomenológico de la experiencia moral pone en evidencia que uno de los datos éticos fundamentales radica en el carácter necesario o inexcusable con que se nos presentan a la experiencia, en especial la que tiene lugar en la conciencia moral, las exigencias o deberes de la moralidad. Por otra parte, este carácter exigente o determinante genera a su vez otros tipos de experiencia moral estrechamente vinculados: del remordimiento, del arrepentimiento, de la culpa, de la satisfacción del deber cumplido, etc. (Véase: Simon 1969, 17-29)
Pero esta impugnación desarrollada hasta ahora resulta tanto más justificada en cuanto que, como ya se advirtió al comienzo, en varias de las líneas centrales de la ética contemporánea, el sujeto al que se le atribuye la autonomía moral - en sentido de auto-legislación excluyente - no es un supuesto sujeto puramente racional, distinto del sujeto empírico, tal como ocurre en la sistemática kantiana, sino el llamado por Abbà “sujeto utilitario” o “sujeto liberal”; este último sujeto está movido centralmente por apetitos, intereses y sentimientos, y su razón resulta ser meramente instrumental, es decir, una “esclava de las pasiones”, tal como lo expresaba gráficamente Hume (Hume 1985, 462). Por todo ello, este sujeto empírico es totalmente ajeno a la moralidad y el hecho de que invente sus propios planes de vida y elija arbitrariamente sus cursos de acción, no confiere a éstos ningún carácter moral; en rigor, se trata ni más ni menos de la desaparición de la moralidad, al menos en el sentido en que se la ha conocido en la historia del pensamiento, desde sus orígenes más remotos hasta sus días más cercanos (Véase: Von Wright 1972, 155 ss.).
''6. ==Las aporías del principio de autonomía: (III) Los resultados contraintuitivos''==
Queda todavía por analizar un tercer obstáculo a la validez gnoseológica y moral de la “autonomía moral” como principio central de la ética: el que radica en los numerosos resultados contraintuitivos a que conducen los intentos de aplicarla al ámbito de la dirección de la conducta moral. Este recurso a la intuición como criterio de validez de las doctrinas y de las tesis éticas ha sido utilizado no solo por los filósofos clásicos, como Platón o Aristóteles, sino que es un argumento habitual en los debates éticos actuales, en especial aquellos que tienen lugar en el área cultural anglosajona (Kalinowski 1979, ''passim''). Este argumento se desarrolla del siguiente modo: si un principio o una doctrina moral, aplicados rigurosamente y hasta sus últimas consecuencias, conducen a la afirmación de enunciados y a la realización de acciones que aparecen como evidentemente improcedentes o inaplicables, o bien radicalmente contrarios al sentido común, el principio o la doctrina han de ser muy probablemente erróneos (Livi 1995, 174 ss.).
Nuevamente el investigador se encuentra con ámbitos enteros y muy amplios de la ética en los que la referencia a un principio de autonomía no sólo no es capaz de proporcionar directivas universales, objetivas y razonables, sino que su aplicación en los diferentes ámbitos de la ética conduciría a resultados claramente contrarios a las intuiciones más básicas el campo de la regulación de la praxis humana. Y resulta incuestionable que un principio práctico, como el de “autonomía moral” o simplemente “principio de autonomía”, que acarrea las más de las veces resultados que contradicen las aportaciones del sentido común en materia moral, es muy difícil que pueda ser mantenido razonablemente como tal principio (Véase: Barrio Maestre 1999, 108 ss.).
''7. ==Conclusiones''==
Resulta conveniente, luego de los desarrollos realizados hasta ahora, sintetizar algunas conclusiones centrales acerca del valor y vigencia para la ética de la denominada “autonomía moral”, así como del “principio de autonomía” propuesto en el campo de la ética y la bioética. Estas conclusiones pueden resumirse en las siguientes:
c)-Finalmente, conviene hacer una referencia a la especial importancia que ha tenido y tiene, en la reducción de la integralidad de la ética al concepto de autonomía, la influencia y la sugestión de la ideología liberal (Véase: Massini-Correas 1984, ''passim''). Efectivamente, más allá de la contribución estrictamente filosófica, especialmente de la filosofía moderna, las diferentes versiones de la ideología liberal han ejercido una fuerte influencia, tanto en la Ética General como en la Bioética, en la constitución de sistemas éticos y jurídicos centrados y originados en una noción radical de autonomía. Esto significa que la concepción de la autonomía humana que se maneja habitualmente tiene una fuerte impronta ilustrada, es decir, individualista y emancipatoria, y que considera que el único bien humano radica en la liberación de las opciones del individuo de cualquier limitación, natural, artificial, psicológica, social, etc. Como se resumió más arriba, esta concepción conduce, a casi todos los efectos, a la difuminación de la ética en la más radical arbitrariedad de la conducta humana. Se trata, por lo tanto, de intentar un rescate y recuperación de la ética desde perspectivas no ideológicas y por lo tanto no reductivistas, que deberán incluir un elemento de autonomía humana, pero que no tendrá que ser ilimitado, definitivo y completamente excluyente (Véase: Gregg 2001, 68ss.).
BIBLIOGRAFÍA CITADA==Bibliografía==
AA.VV. 1985. ''Manifeste du cercle de Vienne et autres écrits'', editado por A. Soulez. París: PUF.
Ziembinski, Zygmunt. 1976. ''Practical Logic''. Dordrecht – Varsovia: D. Reidel Publishing/Polish Scientific Publishers.
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DERECHOS RESERVADOS Diccionario Interdisciplinar Austral © Instituto de Filosofía - Universidad Austral - Claudia E. Vanney - 2021.
ISSN: 2524-941X